Según cifras del RUNT, durante el 2019 se suspendieron 51.246 licencias de conducción en todo el territorio colombiano. Esto implica que la persona no podrá manejar cualquier vehículo hasta cumplir el tiempo de suspensión correspondiente.
El conducir a pesar de esta medida puede llevar incluso a la cárcel, ya que constituye un delito penal. Adicionalmente, se aplica una fuerte multa monetaria de hasta 50 SMLDV ($2.166.666 en 2024).
Los más afectados por esta medida son, sobre todo, quienes conducen como forma de trabajo, porque una suspensión de licencia evita que puedan ganarse el sustento.
Vale acotar que, un Tribunal de Cundinamarca dejó sin efecto la resolución que señalaba suspender la licencia al ciudadano que cometiera más de dos infracciones en menos de seis meses.
Entre las causas más populares figuran la prestación de servicio público sin poseer el permiso necesario, embriaguez y reincidencia de embriaguez.
Sigue leyendo para conocer el top 5 de causas de suspensión de licencia de conducir en Colombia.
Las autoridades de tránsito pueden suspender una licencia de conducir, basándose en la imposibilidad transitoria física o mental para conducir, soportado en un certificado médico.
La segunda mayor causa de suspensión de licencia es la prestación de servicio público en vehículos particulares. Este es el caso de quienes se arriesgan a trabajar con plataformas digitales como Uber, Beat, Didi, entre otras.
Dependiendo del grado de alcohol en la sangre que se haya detectado a través de la prueba correctamente realizada, se establecerá la multa y tiempo de inmovilización del vehículo. Las licencias suspendidas fueron 2.964.
Estas sanciones van desde 1 año de suspensión y 90 SMLDV ($3.900.000 en 2024), hasta la suspensión por 10 años y multa de 720 SMLDV ($31.200.000 en 2024).
Entre enero y febrero de 2023, más de 1.000 conductores fueron sorprendidos conduciendo en estado de embriaguez en Bogotá.
Es importante señalar que los agentes de tránsito no tienen la facultad para suspender una licencia de conducir. Estos pueden retener preventivamente el documento si las condiciones lo ameritan, pero deben remitirla al organismo de tránsito, quienes procederán con la sanción.