Si tienes un comparendo de tránsito pendiente, pero no tienes las posibilidades de pagar de una sola vez el valor total de la multa, existe la posibilidad de llegar a un acuerdo de pago con el organismo de tránsito, con el objetivo de ir pagando la multa poco a poco hasta quedar a paz y salvo.
A continuación, te contamos cómo hacerlo y cuáles son los requisitos para llevar a cabo el trámite.
Según la Secretaría de Tránsito de Bogotá, los requisitos que se solicitan son los siguientes:
En cuanto a los documentos que deberás presentar para hacer este trámite, considera los siguientes:
El acuerdo de pago puede suscribirse en cualquier momento, siempre y cuando cumpla con los requisitos antes mencionados. Esto te permitirá aparecer a Paz y salvo ante el organismo de Tránsito.
Si necesitas suscribir un acuerdo de pago para tus comparendos, deberás acudir a la sede de Secretaría de Tránsito local con los documentos mencionados y acercarse a la ventanilla de acuerdos de pago.
El encargado te indicará cuál es el monto adeudado más los intereses. El sistema indica cuántas cuotas se deben pagar según el acuerdo. En cualquier caso, la primera cuota se debe pagar dentro de los primeros 5 días hábiles luego de realizado el preacuerdo.
Se puede pagar de manera presencial, en sucursales del Banco de Occidente y Banco Caja Social, presentando el volante de pago. Además, puedes pagar en línea con el botón de pago PSE en el sitio web de la Secretaría de Movilidad.
Ten en cuenta que, si quieres pagar con tarjeta de crédito (Visa o Mastercard), solo podrás hacerlo en la sucursal del Banco Occidente ubicada en el Centro de Servicios de Movilidad Calle 13, de lunes a viernes desde las 7:00 a.m. hasta las 6 p.m.
Si suscribes un acuerdo de pago y, por alguna razón, no cumples con lo pactado, recibirás una comunicación invitando a pagar lo que corresponde. Pasados 90 días sin pagar la cuota adeudada, se emite la resolución donde se declara el incumplimiento y da inicio al procedimiento de cobro coactivo.
Igualmente, pasados 60 días de haber empezado la mora, se procederá a reportar al ciudadano a los operadores de información financiera.
Vale acotar que la persona no podrá volver a financiar la deuda y deberá pagar la totalidad de la multa más intereses para quedar a Paz y salvo.
Sí. Luego de suscribir su acuerdo y cancelado la primera cuota, deberá solicitar el proceso de desembargo.